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Fachada de vidrio de un edificio de oficinas vista desde abajo

Laboral, empresarial, consumo e internacional

Trabajo, empresa, consumo y negocios con el exterior.

Qué atendemos

  • Laboral

    Despidos y reclamos laborales

    Del primer telegrama al juicio, para el trabajador o para el empleador.

    • Telegramas y cartas documento
    • Despido con o sin causa, y despido indirecto
    • Trabajo no registrado
    • Conciliación ante el SECLO
  • Consumo

    Defensa del consumidor

    Reclamos contra bancos, empresas de servicios y comercios por cobros indebidos, productos defectuosos o lo ofrecido y no cumplido (Ley 24.240).

  • Empresarial

    Contratos y litigios de empresa

    Contratos y convenios empresariales, reclamos por incumplimiento y litigios complejos.

  • Internacional

    Contratos y comercio internacional

    Contratos entre partes de distintos países, operaciones de comercio exterior y la ley aplicable a cada una.

  • Laboral

    Asesoramiento laboral a empresas

    Contrataciones, sanciones y desvinculaciones, y el encuadramiento sindical de cada actividad.

  • Otros asuntos

    • Propiedad intelectual
    • Inversiones extranjeras en la Argentina
    • Litigios con partes de otros países
    • Revocación de compras a distancia
En la duda, a favor de la parte más débil.

Preguntas frecuentes

¿Qué plazo hay para reclamar un crédito laboral?

Dos años desde que cada crédito es exigible (art. 256 de la Ley de Contrato de Trabajo). En la Ciudad, antes del juicio hay una conciliación obligatoria ante el SECLO (Ley 24.635).

¿Qué puedo reclamar como consumidor?

El cumplimiento de lo ofrecido y la reparación del daño. Ante una grave inconducta del proveedor, el juez puede fijar además un daño punitivo (art. 52 bis de la Ley 24.240). Antes del juicio puede intentarse una conciliación o un reclamo ante la autoridad de defensa del consumidor.

¿Qué ley rige un contrato con una empresa del exterior?

La que las partes elijan en el contrato, dentro de los límites del Código Civil y Comercial (art. 2651). Si no la eligieron, en general se aplica la del lugar de cumplimiento (art. 2652). Conviene definirlo antes de firmar.

Otras materias: Derecho civil · Derecho comercial · Derecho societario · Derecho penal económico.

Reunión en el estudio

Atendemos principalmente en persona, por el secreto profesional. También por videollamada.

Teléfono
(011) 4374-9060
Estudio
Av. Callao 449, 5.º piso, of. A, CABA
Horario
Lunes a viernes · 9:00 a 18:00